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Despachos de cobranza: ¿cómo funcionan?

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Publicado
April 29, 2025
Actualizado
April 24, 2025
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Son las primeras horas del día, digamos 6:00 am, y de pronto recibes la llamada de alguien que está reclamándote el pago de un crédito que debes. Te amenaza con embargarte, es descortés y te resalta que llegará con todo y una grúa para llevarse el coche que tienes estacionado afuera de tu casa. ¡No lo permitas!

Si bien, cuando una deuda no es liquidada a tiempo y presenta un atraso importante en el pago de los plazos previamente acordados, un despacho de cobranza se encarga precisamente de eso, cobrar la deuda; no tiene permitido amenazarte y reclamarte de forma poco cordial, por el pago correspondiente.

Recientemente, ante la aprobación de la Reforma Financiera federal, se estipularon diversos lineamientos, que incluso, aquellos despachos de cartera vencida, han tomado como pretexto para abusar en el cobro de un adeudo. Por ello es importante que sepas que, conforme a la ley, está en tus manos detener esas malas prácticas que te quitan el sueño.

¿Qué puede hacer un despacho de cobranza?

Seguramente te ha tocado, o conoces sobre el caso de un familiar, que ha sido molestado desde tempranas horas de la mañana, de una forma incómoda e insistente, como si quisieran cansar a la persona para que ésta termine por liquidar su deuda de una vez por todas.

Sin embargo, para contrarrestar este tipo de afectaciones, la Reforma financiera ha reglamentado las gestiones de los despachos de cobranza, buscando dar fin a estos abusos. Ante esto, las instituciones financieras pondrán a tu alcance datos de identificación sobre los despachos, además que supervisarán sus operaciones y la cantidad de reclamos con la finalidad de regular sus procesos.

Despachos de cobranza

Un despacho de cobranza no tiene permitido intimidarte ni presentar amenazas hacia tu persona.

Algunos de los requerimientos mínimos que debe tener el despacho de cobranza a cargo de tu cuenta vencida son:

  • Al llamarte o presentarse personalmente, deberá identificarse.
  • Debe solicitarte el pago de tu deuda de manera cordial y respetuosa
  • Puede presentarse o contactarse vía telefónica, únicamente de 7:00 am a 10:00 pm y en algunos casos, en fin de semana en horario de oficina.
  • Puede tratar tus datos personales, únicamente conforme a la norma aplicable en la materia.

Como bien comentamos, algunos despachos de cobranza intentan hacer uso de ciertos términos de esta reforma, para usarlos a su favor y cometer abusos. Entre los más comunes está que algún despacho pueda pretender mencionarte que te embargará o arraigará, ya que así lo permite la ley. Ante estos casos debes presentar una denuncia ante CONDUSEF y no permitir que te intimiden.

Si bien, la reforma estipula la “Retención de Bienes”, este término sólo significa que quien te otorgó un crédito está en su derecho de pedir que te retengan el bien, ya que no está seguro que lo liquidarás, pero para esto deberá demostrarlo.

Despachos de cobranza

Procura organizar tus finanzas para evitar llamadas incómodas por el cobro de un saldo pendiente.

¿Qué no puede hacer un despacho de cobranza?

En general, lo que no debería hacer un despacho de cobranza al momento de contactarse contigo es:

  • Presentarse a nombre de alguna Institución Pública.
  • Utilizar números telefónicos que aparezcan como “confidencial”, “Privado”, “Oculto”, “Sin datos” o cualquier otro término que oculte la información imposibilitando su identificación, así como hacer uso de un número que no esté registrado ante CONDUSEF o REDECO.
  • Amenazar, abusar de, ofender o intimidar al deudor, a su familia o a cualquier persona que no tenga relación directa con la deuda. Enviar documentos que parezcan ser escritos judiciales en donde se amenace de embargo.
  • Establecer registros especiales, distintos a lo que ya se tienen registrados, como listas negras o anuncios que hagan pública la falta de pago de un deudor.
  • Solicitar de forma directa el pago de la deuda.
  • Realizar el cobro, negociación o estructura del pago directamente con menores o adultos mayores, al menos que estos sean los deudores.
  • Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico que no coincida con el que fue proporcionado por la entidad financiera o el deudor.

Te invitamos a no permitir que algún despacho de cobranza te intimide, superando los límites estipulados por la Reforma Financiera. Recuerda que si detectas alguna mala práctica, significa que están incurriendo en una falta, pues ellos no son la autoridad competente y el embargo y otras acciones relacionadas con la extracción de un bien, solamente pueden resultar por un proceso judicial y previamente ordenados por un juez.

Si encuentras anomalías relacionadas con un despacho de cobranza, puedes acercarte a la CONDUSEF contactándolos por teléfono: 5340 0999 y 01800 999 8080, por internet www.condusef.gob.mx o en sus redes sociales oficiales.

Son las primeras horas del día, digamos 6:00 am, y de pronto recibes la llamada de alguien que está reclamándote el pago de un crédito que debes. Te amenaza con embargarte, es descortés y te resalta que llegará con todo y una grúa para llevarse el coche que tienes estacionado afuera de tu casa. ¡No lo permitas!

Si bien, cuando una deuda no es liquidada a tiempo y presenta un atraso importante en el pago de los plazos previamente acordados, un despacho de cobranza se encarga precisamente de eso, cobrar la deuda; no tiene permitido amenazarte y reclamarte de forma poco cordial, por el pago correspondiente.

Recientemente, ante la aprobación de la Reforma Financiera federal, se estipularon diversos lineamientos, que incluso, aquellos despachos de cartera vencida, han tomado como pretexto para abusar en el cobro de un adeudo. Por ello es importante que sepas que, conforme a la ley, está en tus manos detener esas malas prácticas que te quitan el sueño.

¿Qué puede hacer un despacho de cobranza?

Seguramente te ha tocado, o conoces sobre el caso de un familiar, que ha sido molestado desde tempranas horas de la mañana, de una forma incómoda e insistente, como si quisieran cansar a la persona para que ésta termine por liquidar su deuda de una vez por todas.

Sin embargo, para contrarrestar este tipo de afectaciones, la Reforma financiera ha reglamentado las gestiones de los despachos de cobranza, buscando dar fin a estos abusos. Ante esto, las instituciones financieras pondrán a tu alcance datos de identificación sobre los despachos, además que supervisarán sus operaciones y la cantidad de reclamos con la finalidad de regular sus procesos.

Despachos de cobranza

Un despacho de cobranza no tiene permitido intimidarte ni presentar amenazas hacia tu persona.

Algunos de los requerimientos mínimos que debe tener el despacho de cobranza a cargo de tu cuenta vencida son:

  • Al llamarte o presentarse personalmente, deberá identificarse.
  • Debe solicitarte el pago de tu deuda de manera cordial y respetuosa
  • Puede presentarse o contactarse vía telefónica, únicamente de 7:00 am a 10:00 pm y en algunos casos, en fin de semana en horario de oficina.
  • Puede tratar tus datos personales, únicamente conforme a la norma aplicable en la materia.

Como bien comentamos, algunos despachos de cobranza intentan hacer uso de ciertos términos de esta reforma, para usarlos a su favor y cometer abusos. Entre los más comunes está que algún despacho pueda pretender mencionarte que te embargará o arraigará, ya que así lo permite la ley. Ante estos casos debes presentar una denuncia ante CONDUSEF y no permitir que te intimiden.

Si bien, la reforma estipula la “Retención de Bienes”, este término sólo significa que quien te otorgó un crédito está en su derecho de pedir que te retengan el bien, ya que no está seguro que lo liquidarás, pero para esto deberá demostrarlo.

Despachos de cobranza

Procura organizar tus finanzas para evitar llamadas incómodas por el cobro de un saldo pendiente.

¿Qué no puede hacer un despacho de cobranza?

En general, lo que no debería hacer un despacho de cobranza al momento de contactarse contigo es:

  • Presentarse a nombre de alguna Institución Pública.
  • Utilizar números telefónicos que aparezcan como “confidencial”, “Privado”, “Oculto”, “Sin datos” o cualquier otro término que oculte la información imposibilitando su identificación, así como hacer uso de un número que no esté registrado ante CONDUSEF o REDECO.
  • Amenazar, abusar de, ofender o intimidar al deudor, a su familia o a cualquier persona que no tenga relación directa con la deuda. Enviar documentos que parezcan ser escritos judiciales en donde se amenace de embargo.
  • Establecer registros especiales, distintos a lo que ya se tienen registrados, como listas negras o anuncios que hagan pública la falta de pago de un deudor.
  • Solicitar de forma directa el pago de la deuda.
  • Realizar el cobro, negociación o estructura del pago directamente con menores o adultos mayores, al menos que estos sean los deudores.
  • Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico que no coincida con el que fue proporcionado por la entidad financiera o el deudor.

Te invitamos a no permitir que algún despacho de cobranza te intimide, superando los límites estipulados por la Reforma Financiera. Recuerda que si detectas alguna mala práctica, significa que están incurriendo en una falta, pues ellos no son la autoridad competente y el embargo y otras acciones relacionadas con la extracción de un bien, solamente pueden resultar por un proceso judicial y previamente ordenados por un juez.

Si encuentras anomalías relacionadas con un despacho de cobranza, puedes acercarte a la CONDUSEF contactándolos por teléfono: 5340 0999 y 01800 999 8080, por internet www.condusef.gob.mx o en sus redes sociales oficiales.

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